Beneficio de prisión domiciliaria a favor de Enilce López en inmueble en proceso de extinción de dominio
Referencia: Beneficio de prisión domiciliaria a favor de Enilce López en inmueble en proceso de extinción de dominio
En relación con la decisión de un juez de otorgar prisión domiciliaria a Enilce López en un inmueble inmerso en un trámite de extinción de domino que se encuentra administrado por la Sociedad de Activos Especiales, es importante precisar que:
Actualmente se adelantan dos acciones judiciales de distinta (Un proceso de Extinción de Dominio y un Proceso Penal). En cuanto al proceso penal, el juez de ejecución de penas otorgó el beneficio de prisión domiciliaria, decisión que como toda orden judicial, es de obligatorio cumplimiento para la SAE incluso sin ser parte dentro del trámite judicial, decisión que no ha sido notificada a la SAE.
En cuanto al beneficio de prisión domiciliaria, las normas penales indican que el inmueble sobre el cual se otorga el mismo, debe ser el domicilio probado por el solicitante.
Acciones de administración:
De manera general, la Sociedad de Activos Especiales, recibió de la Dirección Nacional de Estupefacientes alrededor de siete mil (7.000) inmuebles en estado de ocupación ilegal.
A partir de la expedición de la Ley 1849 de 2017, la SAE cuenta con la facultad directa de Policía Administrativa, la cual le permite la recuperación física de los bienes afectados dentro de trámites de extinción de dominio o extintos.
Con base en esta facultad se han recuperado alrededor de 300 inmuebles durante el segundo semestre del 2017, lo cual ha permitido su debida administración.
Frente al bien objeto de la decisión del juez, la SAE ha adelantado las siguientes actividades de administración, previo los siguientes antecedentes:
1. El 4 y 5 de junio de 2014 la DNE